Al circunvalar Madrid, muchos conductores reparan en la presencia de múltiples cámaras de tráfico en la M-30, generalmente ubicadas en la parte trasera de los pórticos de señalización vial , o anclados a la losa superior del túnel.
Muchas veces tienden a ser confundidos con radares de control de velocidad y de ahí que se genere la duda sobre su verdadera función y sobre las posibles sanciones que pueden conllevar para quien circula por esa vía.
A pesar de las dudas que puedan generar en un primer momento, no todas las cámaras ubicadas en la M-30 son radares. Ni todas se utilizan para sancionar infracciones relacionadas con el exceso de velocidad u otras infracciones. Muchas sirven para controlar el tráfico de la M-30 en tiempo real.
La Dirección General de Tráfico cuenta con una red de cámaras en la mayoría de los principales núcleos urbanos de España, especialmente en aquellos puntos que pueden presentar un tráfico más denso o son más proclives a los atascos y las retenciones.
En el caso particular de la avenida M-30, quien gestiona las sanciones, realiza el mantenimiento de las vías y regula todos los aspectos relacionados con la circulación es el Ayuntamiento de Madrid, pues es el titular de la concesión, que fue cedida por el Ministerio de Fomento hacia el año 2004.
Las cámaras tienen como utilidad principal controlar y tener información instantánea de la situación del tráfico en ese punto de la ciudad en ese momento, pero sí que pueden emitir sanciones cuando se instalan con otra finalidad adicional.
Existen 3 razones por las que se pueden generar denuncias a través de dichas cámaras:
La primera es que se utilicen como medio para controlar las pegatinas de la Inspección Técnica de Vehículos (generalmente conocida como ITV). En el momento que se detecta una pegatina caducada o, dicho de otro modo, la ausencia de una que esté en vigencia, el conductor puede ser sancionado por ello.
El segundo motivo para multar es que las cámaras detecten que alguno de los pasajeros, ya sea el conductor o un acompañante, no lleven puestos el cinturón de seguridad en el momento que circulan por la avenida. Este control se realiza mediante radares de cinturón. Esta medida, que llegó a suscitar cierta polémica en su día, tiene como objetivo velar por la seguridad de los pasajeros y evitar incidencias graves en posibles colisiones.
El 60% se ubican en vías menores y solo el 40% están en avenidas de máxima ocupación. Las multas son de 200€ y 3 puntos del carnet de conducir.
Por último, como tercer motivo de multa por infracción está el control de semáforos en rojo. Estas cámaras se disponen tras las cajas de los faroles y toman una instantánea en el momento que detectan que un automóvil rebasa el cruce fuera del tiempo marcado por el disco. Se empezaron a instalar en 2005 y las sanciones son de 200€ y la retirada de 4 puntos del permiso de circulación.
Estos últimos son una medida que no afecta directamente a la circulación por la propia avenida de la M-30, pero sí que están presentes en algunos accesos, como el de la incorporación desde la Avenida del Marqués Corbera-Ricardo Ortiz o el de la Calle del General Ricardos, previa a la Glorieta del Marqués de Vadillo, donde está el acceso a la circunvalación, a la altura del Puente de Toledo.
En resumen, son motivo de sanción mediante estas cámaras estos tres tipos de infracción. Eso sí, las cámaras de tráfico de la M-30 no sancionarán por exceso de velocidad; eso queda reservado para los radares fijos y móviles.