Los coches que no podrán circular por Madrid a partir de 2022


Emesa
Publicado el 22/07/2021
circular por Madrid

En 2022 entrarán en vigor una serie de modificaciones que pueden ser definitivas para agilizar el tráfico y cambiar el modo de circular por Madrid. Repasamos cuáles son las características de los coches que no podrán seguir circulando por la ciudad según la nueva ordenanza de movilidad. 

Toma nota de lo que te contamos a continuación para ir adaptándote a la nueva regulación y así evitar una sanción económica. ¿Estará tu coche preparado para recorrer las calles madrileñas? Sal de dudas y realiza los cambios oportunos.

¿Qué coches no podrán circular por Madrid a partir de 2022?

A partir del 1 de enero de 2022, los vehículos sin el distintivo ambiental de la DGT no podrán circular por el centro de Madrid. Es decir, no se te permitirá acceder a la zona rodeada por la M-30, pero sí circular por esta carretera. En lo que respecta a los distintivos, la DGT no los concederá a:

  • Los coches de gasolina anteriores al año 2000.
  • Los coches diésel anteriores al 2006.

Además, a partir del primer día de 2023 tampoco podrás circular por la M-30. En 2024 se prohibirá también la circulación por cualquier calle de Madrid. Esta medida del ayuntamiento se plantea para lograr la reducción, en un 92,7 %, de los coches sin etiqueta sostenible para 2024. El objetivo es eliminarlos totalmente en 2025.

Calendario con los cambios de circulación

Por lo tanto, el calendario de restricciones y modificaciones previstas queda de la siguiente manera:

  • El 1 de enero de 2022 los coches sin distintivo no podrán acceder o circular por la zona interior de la M-30.
  • El 1 de enero de 2023 los vehículos sin certificación tampoco podrán circular por la M-30.
  • El 1 de enero de 2024 no podrán circular por ninguna vía pública incluida en Madrid zona de bajas emisiones.
  • El 1 de enero de 2025 tampoco podrán hacerlo los inscritos en Madrid con la etiqueta A.     

circular por Madrid prohibido para algunos coches

Otros cambios en la nueva ordenanza de movilidad

En lo referente al resto de cambios, pueden resumirse en un listado para que te sea más fácil conocer en qué consisten:

  • La zona de servicio de estacionamiento regulado (SER) aumentará su número de plazas. Especialmente en 20 barrios fuera de la M-30. De momento, no se ampliará a otros 12 barrios más como se había solicitado. 
  • Se crearán zonas de alta rotación. El objetivo es que solo puedas estacionar un máximo de 45 minutos. Así, se evitará el uso indebido de las escasas plazas de aparcamiento o de carga y descarga.
  • Madrid Central dejará de llamarse así para denominarse zona de bajas emisiones de especial protección del distrito centro. Se apostará por igualar a los comerciantes con los residentes en la zona para que puedan aparcar sin restricciones. Solo podrán circular los vehículos con etiqueta CERO o ECO. Los que tengan un distintivo B o C podrán acceder, pero solo para estacionar en un aparcamiento. Solo los residentes que tengan un coche o vehículo sin etiqueta podrán circular por este área.
  • La Plaza Elíptica se convertirá en zona de bajas emisiones. Se restringe el acceso a los coches sin distintivo (arriba mencionados). Se acotará una zona de 0,3 km² limitada para la A-42 (entre la calle 30 y la avenida de Los Poblados). En estas 17 vías, se restringirá el paso a los vehículos más contaminantes.
  • Habrá una tarifa inteligente, y de precio variable, en diversas zonas de la ciudad.

En resumen, para circular por Madrid cómodamente tendrás que cambiar de coche si no tienes uno que sea sostenible. La división en distintas zonas y las restricciones específicas para cada una de ellas se han anunciado con suficiente antelación para que todos podamos adecuarnos a los nuevos cambios. 

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