Excepciones al uso del cinturón de seguridad


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Emesa
Publicado el 03/12/2020
Excepciones cinturón de seguridad

Desde el año 1992, el uso del cinturón de seguridad es obligatorio en España. A pesar de esto, existen ciertas excepciones con el cinturón de seguridad que se recogen en el Reglamento de Circulación, concretamente en el artículo 119. ¿Conoces los casos en los que puedes ir sin el cinturón abrochado?

Conoce las excepciones al uso del cinturón de seguridad

En el año 2019, el 20 % de los fallecidos en carretera, en coche o furgoneta en carretera, no llevaban el cinturón de seguridad. Todos sabemos la importancia de usar este elemento, el cual salva vidas al evitar que en caso de accidente salgamos despedidos del vehículo. Sin embargo, existen siete excepciones que recoge la legislación española que debes conocer.

1. Taxistas que desarrollen su actividad dentro de la ciudad

No te alarmes si alguna vez ves a un taxista que no tiene puesto el cinturón de seguridad. Es uno de los profesionales a los que se les permite no usarlo, aunque deben ponérselo fuera del ámbito urbano.

  • Esta norma sólo es vigente dentro de la ciudad o localidad, siempre que no salgan a una carretera o circunvalación pueden, opcionalmente, no llevarlo.

2. Distribuidores de mercancías

Los profesionales que se dedican a la distribución de mercancías, cuando realizan el trabajo de carga o descarga en lugares situados a corta distancia unos de otros, también están exentos de llevar el cinturón abrochado.

3. Conductores de ambulancias, bomberos y cuerpos de seguridad

Todos los conductores de ambulancia, independientemente de por donde circulen, pueden optar por no abrocharse el cinturón. De igual forma, todos los viajeros en su interior, incluidos los enfermos que están siendo trasladadosy personas que los acompañen en el interior de este vehículo también están exentos si lo prefieren.

  • El resto de los profesionales de vehículos prioritarios, aquellos que atienden emergencias como bomberos o los cuerpos de seguridad, también entrarían en este supuesto.

4. Examinadores y profesores de autoescuela

Aunque nos parezca paradójico, los profesores de autoescuela no deben llevar el cinturón de seguridad de forma obligatoria, para así lograr reaccionar de manera más ágil (a través de los mandos adicionales del vehículo) ante un posible accidente en el caso de que el conductor en prácticas pierda el control del coche.

  • En este caso también entrarían los examinadores. Fuera de los exámenes o las clases impartidas, aunque seas uno de estos profesionales, debes seguir usando el cinturón de manera obligatoria.

5. Autobuses en algunos supuestos

En el caso del autobús es donde existen más dudas por parte de los viajeros. Muchos no se abrochan el cinturón por comodidad o desconocimiento. Te explicamos con detalle:

  • En el interior de los autobuses de cercanías o urbanos está permitido que los pasajeros que viajen no utilicen el cinturón de seguridad.
  • En los autobuses de larga distancia, su uso es obligatorio y así te lo advertirá el conductor antes de iniciar el viaje.

En caso de incumplimiento, la infracción recae sobre el infractor y no sobre la empresa, salvo que el cinturón esté en mal estado.

  • Los conductores de autobuses urbanos también están exentos de llevar cinturón de seguridad, al igual que ocurre con los taxistas.

6. Al dar marcha atrás o estacionar

Aquí es cuando la exención se puede aplicar a cualquier conductor. En la maniobra de aparcamiento y en la de marcha atrás, está permitido desabrochar el sistema de retención para disponer de mayor visibilidad. A pesar de ello, recomendamos no desabrocharlo para evitar posibles lesiones en caso de colisión.

7. Personas con certificado médico

Las personas que cuentan con un certificado médico de exención. Aquí entran supuestos graves por enfermedades o discapacidad. Eso sí, si un agente te ve sin el cinturón y este es tu caso, recuerda que debes mostrar el documento que justifique la exención. Así, lograrás evitar la sanción.

8. ¡Cuidado las mujeres embarazadas! Ahora deben utilizar el cinturón

Hasta el año 2006, las mujeres embarazadas conformaban la octava excepción. A día de hoy, las embarazadas deben llevar el cinturón de seguridad abrochado a no ser que cuenten con un certificado médico que indique su exención, como hemos comentado en el apartado anterior.

No son muchas las excepciones al uso de este sistema de retención y seguridad dentro del vehículo. Por norma general siempre debe ir abrochado. Si estás dentro de alguno de estos supuestos, te recomendamos que lo utilices por seguridad, aunque tengas permitido no hacerlo. Según la DGT, llevar el cinturón de seguridad reduce en un 75% determinadas lesiones en caso de accidente y se reduce hasta cinco veces el riesgo de resultar herido grave o muerto en un accidente dentro del casco urbano de una ciudad.

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