Reductores de velocidad vial: tipos y normativa que los regula


Emesa
Publicado el 08/09/2022
Reductores de velocidad vial

Los reductores de velocidad vial​ son más conocidos como badenes reductores de velocidad o resaltos reductores de velocidad, y también pueden consistir en un paso de peatones elevado. En esta última forma los vemos a menudo en pueblos y ciudades, aunque también es posible encontrar reductores de velocidad vial en carreteras convencionales. Su finalidad es obligar a los conductores a reducir la velocidad y así prevenir los accidentes asociados al exceso de velocidad, como los atropellos. Por eso, a menudo los encontramos cerca de pasos de peatones, curvas o rotondas.

¿Cómo ayudan a la seguridad vial los reductores de velocidad?

En determinadas zonas es especialmente importante reducir la velocidad, sobre todo, cerca de colegios y lugares donde pueda haber niños (son menos conscientes al cruzar la calle) o ancianos (tienen menos movilidad y pueden tener problemas para oír).

Normalmente, deberíamos aminorar la velocidad consciente y voluntariamente al aproximarnos a estas zonas. Pero, ya sea por despiste o por imprudencia, hay muchas ocasiones en que esto no se hace y es donde los expertos en educación vial deciden poner reductores de velocidad.

Ten en cuenta que el riesgo de muerte por atropello a 50 km/h es del 79 % y que el 40 % de las muertes se producen fuera del poblado. ¡Recordar estas cifras justifica recurrir a la solución aparentemente incómoda de los reductores de velocidad!

Y es que los reductores tienen algunas desventajas derivadas de la incomodidad de las sacudidas para los conductores o un incremento del ruido en el entorno. Además, hay un mayor desgaste de determinados elementos del coche e incluso podemos hablar de un aumento de las emisiones y del consumo. Pese a todos estos inconvenientes, los beneficios de los reductores de velocidad son innegables.

¿Qué normativa regula los reductores de velocidad vial?

Por supuesto, no se pueden poner reductores de velocidad en cualquier sitio, incluso aunque sea necesario aminorar la velocidad en la zona. Y es que un reductor de velocidad colocado en una zona inadecuada puede provocar desde molestias físicas hasta daños en los vehículos o accidentes.

Así, en 2008 el Ministerio de Fomento publicó en España una Instrucción Técnica para instalar estos dispositivos. En ella se detallan los tipos de reductores de velocidad que hay, dónde debe instalarse cada tipo, las dimensiones que han de tener y cómo señalizarlos, entre otros aspectos.

Además, esta instrucción técnica también indica que el uso de reductores de velocidad vial solo es obligatorio en la red de carreteras del Estado y las travesías y opcional en las carreteras autonómicas y calles de los poblados, excepto las travesías.

Por otra parte, los reductores de velocidad vial están prohibidos en:

  • Puentes y túneles, y a 25 m antes o después de ellos.
  • Donde la velocidad sea mayor de 60 km/h.
  • Travesías de menos de 200 m de longitud.
  • Travesías con pendientes superiores al 5 %.
  • Si hay más de dos carriles de circulación por sentido, excepto que exista una mediana no franqueable entre ambos sentidos.
  • En tramos de travesías donde, como media, circulen más de 5000 vehículos al día, o más de 300 vehículos en una hora.

Los badenes que no cumplan estas normas serán ilegales y, por tanto, se podrán denunciar. Pero, además de su ubicación, la Instrucción técnica también establece las características que han de tener los dos tipos de reductores de velocidad vial que hay.

Resaltos reductores de velocidad

Tipos de reductores de velocidad vial que encontrarás en la carretera

La normativa también establece usos distintos según el tipo de reductor de velocidad vial. Se distinguen entre dos tipos.

Paso peatonal sobreelevado o de sección transversal trapezoidal

Su zona central elevada debe tener una altura de 10 cm, 4 metros de longitud y rampas en sus extremos. En cuanto a los bordes por donde acceden los peatones, la distancia entre el asfalto y el principio de la rampa debe ser menor de 5 milímetros.

Las rampas deberán tener menos de 2,5 metros de longitud si están en un tramo donde la velocidad máxima de circulación es de 50 km/h; 1,5 metros de longitud si la limitación es de 40 km/h y tendrán menos de 1 metro de longitud para tramos donde la velocidad máxima sea de 30 km/h.

Lomo de asno o badén de sección transversal circular

A diferencia de los pasos de peatones sobreelevados, estos badenes están hechos de un plástico muy resistente y nunca se usan en los pasos de peatones. Han de tener 4 metros de largo y la zona sobreelevada ha de medir 6 cm de alto respecto al asfalto. El borde de entrada también debe ser inferior a 5 mm.

Los reductores de velocidad de lomo de asno o badenes de sección transversal no podrán utilizarse en las proximidades de las intersecciones. Igual que en el caso de su ubicación, los reductores de velocidad que no cumplan estas características son denunciables, pues serían ilegales.

Los reductores de velocidad vial son muy importantes para nuestra seguridad y unas de las medidas para reducir la siniestralidad en carreteras. Pero también han de cumplir unos requisitos. Así que no dudes en denunciarlo si ves uno colocado incorrectamente y, sobre todo, respétalos cuando conduzcas. ¡Por tu seguridad y la de todos!

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